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Respuesta: El incumplimiento de los Sistemas de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, las normas en salud ocupacional y aquellas obligaciones propias del empleador, previstas en el Sistema General de Riesgos Laborales, acarreará multa de hasta quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes, graduales de acuerdo a la gravedad de la infracción (Art 13 - Ley 1562 de 2012).

En caso de reincidencia en tales conductas o por incumplimiento de los correctivos que deban adoptarse, formulados por la Entidad Administradora de Riesgos Laborales o el Ministerio de Trabajo debidamente demostrados, se podrá ordenar la suspensión de actividades hasta por un término de ciento veinte (120) días o cierre definitivo de la empresa (Art 13 - Ley 1562 de 2012). 

Fuente: http://fondoriesgoslaborales.gov.co/seccion/sg-sst

Respuesta: Es importante tener en cuenta los siguiente:

Contrato laboral: Cuando el trabajador sea vinculado con contrato laboral, el numeral 10 del artículo 2.2.4.6.8 del Decreto 1072 de 2015 establece “cuyo perfil deberá ser acorde con lo establecido con la normatividad vigente y los estándares mínimos que para tal efecto determine el Ministerio del Trabajo”.

Los estándares mínimos se encuentran en proyecto de resolución, una vez sean adoptados se deberá cumplir el perfil que se establezca.

Prestación de servicios: Cuando el trabajador sea contratado por prestación de servicio, el empleador deberá tener en cuenta lo establecido en el anexo 3 de la resolución 4502 de 2012, en donde se establece el campo de acción de acuerdo al título obtenido.

Fuente: http://fondoriesgoslaborales.gov.co/seccion/sg-sst

Respuesta: En primera medida el artículo 2.2.4.6.4 del Decreto 1072 de 2015 establece que el SG-SST debe ser liderado e implementado por el empleador o contratante, con la participación de los trabajadores y/o contratistas.

Así mismo el 2.2.4.6.8 del Decreto 1072 de 2015 establece las obligaciones de los empleadores, entre ellas la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores acorde con lo establecido en la normatividad vigente. Es importante resaltar que el numeral 2, del mismo artículo, menciona que se deben asignar, documentar, y comunicar las responsabilidades específicas en SST a todos los niveles de la organización incluida la alta dirección y el numeral 10 establece que debe garantizarse la disponibilidad de personal responsable de la SST.

Por último se debe tener en cuenta que el artículo 2.2.4.6.10 del Decreto 1072 de 2015, establece responsabilidades de los trabajadores, frente a la seguridad y salud en el trabajo.

Respuesta: Para implementar un SG-SST se pueden tener en cuenta los siguientes pasos:

  1. Realizar la evaluación inicial.
  2. Identificar los peligros, evaluar, valorar los riesgos y gestión de los mismos.
  3. Definir la política y los objetivos.
  4. Plan de trabajo anual del SG SST.
  5. Programa de capacitación, entrenamiento, inducción y re inducción en SST.
  6. Prevención y preparación ante emergencias.
  7. Reporte e Investigación de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
  8. Definir los criterios para la adquisición de bienes y servicios o contratación de servicios con las disposiciones del SG SST.
  9. Medición y evaluación de la gestión en SST.
  10. Implementar acciones preventivas y correctivas. 

Fuente: http://fondoriesgoslaborales.gov.co/seccion/sg-sst/

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